Martes
6 de marzo
La
clase comienza con la intervención de una compañera que nos cuenta
que en una ocasión iba en autobús y cuando un hombre inmigrante
pidió ayuda al conductor mediante gestos, puesto que no
conocía la ruta del bus y tampoco hablaba castellano, este no mostró
demasiada disposición para ayudarle, por lo que la compañera tuvo
que intervenir. Comentando todos los compañeros y las compañeras
llegamos a la conclusión de que no son pocas las ocasiones en la que
conductores de autobús no se muestran demasiado generosos con
personas de origen extranjero.
Se generó a partir de aquí algo de
debate y con la ayuda del profesor lanzamos algunas preguntas a modo
de reflexión: ¿ocurre esto solo en la profesión de conductor de
autobús, concretamente en el caso de hombres? ¿ocurre por la edad?
Descartamos
que esta actitud sea exclusiva de conductores de autobús, con edades
de a partir de cuarenta años. Por desgracia estas conductas
las vemos en personas de todas las edades, de diversas profesiones...
Es necesario erradicarlas a partir de educar en el respeto a la
diversidad, en la inclusión y la empatía.
Se
generó a raíz del anterior debate algo de discusión acerca del
lenguaje inclusivo: hubo un compañero que mostró desacuerdo en
emplearlo argumentando que en su opinión es necesario llevar a cabo
otras acciones antes de emplear este tipo de lenguaje, por ejemplo,
no tendría sentido utilizar el lenguaje inclusivo y sin embargo ir a
discotecas en las que las mujeres no pagan entrada porque ellas son
el objeto de consumo.
Frente a su opinión podemos contraponer otras,
como por ejemplo que hoy en día es complicado poder evitar por
completo algunos de los elementos sexistas o machistas que nos
encontramos cada día, pero que mediante el lenguaje inclusivo ya
aportamos nuestro granito de arena.
Nos
quedamos para concluir con este tema con algo que se dijo en clase:
las niñas aprenden que están en un segundo plano cuando se emplea
el masculino como genérico.
En
cuanto al desarrollo de la clase, vimos qué artículos de la Ley de
Servicios Sociales tienen relación con la función educativa de las
trabajadoras sociales. Los desarrollaremos a continuación indicando
las partes educativas:
- Artículo 1. Objetivo.a) La prevención, tratamiento y eliminación de cualquier causa o situación de marginación o desigualdad social.b) La coordinación de los recursos y de las iniciativas públicas y privadas, así como de los aspectos sociales de los sistemas sanitarios y educativos.c) El pleno desarrollo de la persona en el seno de la sociedad y el fomento de la solidaridad y de la participación ciudadana en el campo de los servicios sociales.
- Artículo 11. Definición.Su fin es promover el desarrollo pleno del individuo y de los grupos en que se integra, mediante la potenciación de su participación en la búsqueda de recursos y la priorización de las necesidades más urgentes y básicas.
- Artículo 12. Contenido de los servicios sociales generalesa) Servicio de Información, Orientación y Asesoramiento Técnico, dirigido a todos los ciudadanos y ciudadanas para informarles, orientarles y asesorarles acerca de sus derechos, del ejercicio de los mismos y de los recursos sociales.b) Servicio de Ayuda a Domicilio, para prestar atención de carácter doméstico, psicológico, rehabilitador, social, personal y educativo, cuando la situación individual o familiar sea de especial necesidad, procurando la permanencia de la persona en su núcleo familiar o de convivencia de origen.c) Programas de Cooperación Social, para impulsar y fomentar la iniciativa social, el asociacionismo y el voluntariado social, de forma que se facilite una integración más eficaz de las personas en la sociedad, así como la animación comunitaria con la finalidad de promover actividades de grupo tendentes a que sean las propias personas de una comunidad los que asuman su problemática, y busquen soluciones a la misma.d) Programas de Convivencia y Reinserción Social orientados a promover la convivencia social y familiar, así como a posibilitar la integración en la comunidad, todo eso por medio de servicios de asesoramiento y orientación y acciones divulgativas generales, con el fin de prevenir y poner remedio a los problemas derivados de la desintegración familiar, procurar la solución de situaciones de carencia, mediante el fomento de los medios de reinserción para colectivos con alto riesgo de marginalidad,e) Programas de Ocio y Tiempo Libre, que podrán ser gestionados por la administración de la Generalitat, por las entidades locales en su ámbito territorial y por instituciones o asociaciones promovidas por la iniciativa privada.g) Programas de Prevención y Reinserción Social para el desarrollo de la intervención social en personas o grupos de alto riesgo que necesiten ayuda para la prevención de sus conflictos y su inserción personal en el medio social.
- Artículo 14. De la familia, infancia y juventud.Se garantizará la atención integral de la familia, infancia y juventud, atendiendo a cuantos problemas puedan incidir en su bienestar, previniéndolos.
- Artículo 15. Actuaciones en el sector de la familia.Protección, promoción y estabilización de la estructura familiar, así como de las demás unidades de convivencia alternativa.2) Programas de mediación familiar.(No se especifica que el resto de medidas de este artículo sean educativas).
- Artículo 16. Actuaciones en el sector de la infancia.Los servicios sociales especializados desarrollarán las actuaciones tendentes a la protección y promoción del bienestar de los menores y las menores, a través de programas que contribuyan a potenciar el pleno desarrollo de sus capacidades fisicas, psíquicas y sociales, favoreciendo su desarrollo integral, especialmente en aquellos casos en que los entornos socio familiar y comunitario tengan un alto riesgo social.
- Artículo 18. Actuaciones en el sector de la juventud.- Prevenir y erradicar la marginación de dichos jóvenes.- Fomentar y favorecer la inserción de los jóvenes mediante medidas de promoción personal, ocupacional, residencial, educativa, sociocultural y recreativas, tendentes a superar situaciones de inadaptación, mediante el fomento de incorporación al trabajo y participación plena en la comunidad.
- Artículo 20. De la tercera edada) Promover el desarrollo sociocultural de las personas mayores, potenciando su máxima libertad, actividad y plena integración social y óptima calidad de vida.b) Prevenir la marginación y procurar su integración y participación en la sociedad.e) Potenciar aquellos programas de intervención dirigidos a crear, coordinar o fomentar recursos sociales próximos (tales como la propia familia o vecindario) que proporcionen apoyos para la población mayor y que favorezcan su integración social con autonomía y su funcionamiento autónomo en el seno de la comunidad, para el correcto desarrollo de su bienestar y salud.
- Artículo 21. De las personas con discapacidades.a) Prevención.b)Tratamiento/AsistenciaEl asesoramiento y la asistencia social, psicológica y de otros tipos, la atención global desde el nacimiento a la persona con discapacidad o riesgo de padecerla, la capacitación en actividades de autocuidado, el suministro de ayudas técnicas y de movilidad y otros dispositivos, la formación especial y los servicios de rehabilitación profesional.
- Artículo 24. De las drogodependenciasAunque no se contemplan de forma directa en la ley, sí se llevan a cabo acciones educativas.
- Artículo 25. De las minorías étnicasMedidas que generen una igualdad social real y efectiva tanto para los individuos pertenecientes a minorías étnicas como para los grupos en que éstos se integran. Dicha igualdad no mermará los valores y sistemas de vida específicos de los individuos o grupos en cuestión.Plan que desarrolle su integración social, desde las fases educativas iniciales hasta la fase laboral.
- Artículo 26. De otros colectivos con riesgo de marginación.1. Acciones tendentes a la prevención de la delincuencia, la reinserción social de las personas internadas en centros penitenciarios y de aquellas que hubiesen cumplido ya condena, así como de atención y apoyo a sus familias.2. Actuaciones tendentes a favorecer la integración social de aquellos colectivos específicos que por una u otra causa se encuentren en situaciones de carencia.
Miércoles
7 de marzo.
Mediante una lluvia de ideas apuntamos
algunas de las funciones educativas de los ayuntamientos, y recogimos
las siguientes:
- Becas para el comedor, el transporte...
- Charlas en colegios.
- Subvenciones para actividades complementarias de educación no formal.
- Mantenimiento de los edificios de los centros educativos de primaria.
- El Consejo escolar municipal (formado por padres, madres, profesores y alumnado, tratan los problemas escolares de los centros de la localidad) se coordina desde el Ayuntamiento.
A continuación leímos un texto para
poder conocer más en profundidad qué pueden hacer los ayuntamientos
de las ciudades en el ámbito educativo. Leímos las páginas 17, 18,
19 y 20 de la revista Participación educativa número
6, para poder contestar a una pregunta: ¿educa la ciudad?.
Aunque en la educación formal los ayuntamientos tiene muy poca incidencia, sí la tienen en el ámbito
de la educación no formal: ludotecas, escuelas deportivas
municipales, escuelas de verano, centro cultural de la localidad, el
SERVEF (en el que el ayuntamiento tiene incidencia), bibliotecas
públicas, programaciones y cursos culturales...
Pero también puede tener incidencia
en el ámbito de la educación informal, diseñando la ciudad. Por
ejemplo, la creación de parques.
Las ciudades educadoras se sustentan
en la idea de que la educación es una responsabilidad compartida, no
es solo tarea de las instituciones educativas. Es responsabilidad de
vecinos y vecinas, de los poderes políticos...
Hay dos circunstancias que apoyan
esto: en primer lugar, tradicionalmente la ciudad era un punto de
encuentro para las personas, y la convivencia en ella y su gestión
deben ser mediadas por la educación, y en segundo lugar, la voluntad
explícita de la ciudad de educar.
A la ciudad educadora podemos
atribuirle 3 papeles:
- Contenedor de recursos educativos: es una estructura formada por instituciones educativas, equipamientos, medios, espacios y vievencias...con contenido educativo, más o menos planificado.
- Agente de educación: la calle, los espacios de la ciudad educan, sobre cultura, formas de vida, normas, actitudes sociales...
- Contenido educativo: sobre la ciudad es posible adquirir conocimientos acerca de como moverse por ella, qué espacios la componen, su cultura, su historia, sus recursos...
Acabamos la clase leyendo información
sobre algunas ciudades educadoras de diferentes continentes para
realizar una exposición la próxima semana, lo que se incluirá en futuras entradas del blog.
Lá
página en la que se encuentra esta información es
http://www.edcities.org/banco-de-experiencias/
-Cristina Arnau Fernández




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